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¿Qué pasa con la constancia de situación fiscal? Lo que debes saber

El gobierno pretende que sean los mismos ciudadanos los que ejerzan las facultades de revisión y comprobación que le competen a la propia autoridad. El SAT le pide al ciudadano un documento para comprobar al mismo SAT la información que ya obra en sus archivos.

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EMEEQUIS.– Desde hace días circulan en las redes comentarios y hasta memes respecto a los cambios en las reglas fiscales, que hicieron exigible que los empleados presenten a sus patrones su constancia de situación fiscal.

Este documento es expedido por la autoridad impositiva y es indispensable para que los datos que contienen puedan ser utilizados por las empresas para el correcto timbrado de los comprobantes fiscales digitales de nómina. 

El SAT dio como plazo el 1 de julio de 2022 para que los empleadores incluyan la información necesaria para que puedan emitir correctamente los comprobantes fiscales.

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Esta medida ha causado malestar en los contribuyentes porque, en los hechos, el gobierno pretende que sean los mismos ciudadanos los que ejerzan las facultades de revisión y comprobación que le competen a la propia autoridad. Es decir, el SAT le pide al ciudadano un documento para comprobar, al mismo SAT, la información que ya obra en sus archivos.

La información que está contenida en la constancia, incluye datos que antes no eran necesarios para emitir los CFDI, ya que anteriormente bastaba con el RFC del trabajador para que, de manera automática, en el momento de “timbrar”, es decir, cuando electrónicamente el SAT autorizaba la emisión del comprobante, el resto de la información se tomaba de la base de datos del SAT y se procedía a la expedición del CFDI.

En esta nueva versión de facturación para 2022, llamada “Factura 4.0”, se exige que se ingrese la razón social o nombre, exactamente como está registrado ante el SAT, de igual manera, se pide el código postal y el régimen fiscal del empleado. Esta información ya existe en el sistema, pero ahora se exige ingresarla manualmente por parte de quien expide el comprobante. 

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En caso de no coincidir algún campo, el documento no puede emitirse y, por lo tanto, el gasto no puede ser deducible para quien lo realiza.

¿CÓMO JUSTIFICA EL SAT ESTA MEDIDA?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explicó que esta medida se tomó para evitar que las empresas utilicen de manera fraudulenta los registros federales de contribuyentes de la personas. Esto porque, en ocasiones, no están enteradas que alguna empresa está usando su RFC para la expedición de comprobantes de nómina. 

Es una práctica fraudulenta que se hace con el objeto de deducir impuestos, reduciendo indebidamente la base para el cálculo del pago de los impuestos a la federación.

Con esta medida, el gobierno pretende que sean los mismos ciudadanos los que revisen y comprueben datos que le competen a la propia autoridad.

Primero, los contribuyentes clasificados como empleados deben solicitar al SAT que les entregue su constancia de situación fiscal, para que después se la proporcionen a su patrón. Con esa información, que ya está en poder del SAT, el padrón podrá entonces emitir los comprobantes fiscales digitales para que pueda hacer deducible el pago por el trabajo subordinado.  

El nuevo requisito causó malestar entre empleadores y empleados. Foto: Mario Jasso / Cuartoscuro.com.

LOS PROBLEMAS QUE SE PRESENTAN

Aunque se supone que, si el empleado conoce la información, es decir, su código postal, su nombre tal y como se registró, y su régimen fiscal, y que basta con dársela a su empleador para emitir de manera correcta el “timbrado”, lo cierto es que una gran parte de los trabajadores desconocen con exactitud esta información.

En muchos de los casos, las altas les fueron realizadas en empleos pasados, donde las empresas utilizaron datos genéricos, los cuales muchas veces no son conocidos por los trabajadores, por lo que al proporcionar la información actual, puede suceder que no coincida con la que se encuentra registrada en la base de datos del fisco.

Esta discrepancia, al momento de intentar sellar el comprobante, es reconocida por el SAT como un posible intento de expedición fraudulenta de CFDI, impidiendo el timbrado y, por ende, la posibilidad de hacer deducible ese egreso, hasta que se le introduzcan los datos tal y como aparecen en el registro de contribuyentes.

Este requisito se une a una larga lista de documentos que son expedidos por una autoridad, exclusivamente a solicitud de otra autoridad, como es el caso de las actas de nacimiento, inclusive “actualizadas”, para poderse inscribir a una escuela del mismo gobierno, o bien para entregárselas al mismo registro civil para casarse o divorciarse. 

En este caso el SAT se une a esta lista de instituciones que le piden al ciudadano un documento para comprobar al mismo SAT la información que ya obra en sus archivos.

RECORDATORIO DEL GOBIERNO

El gobierno informa que la obligación de la emisión de facturas electrónicas o recibos de nómina en el sistema la Factura Electrónica 4.0, para lo cual los contribuyentes pueden requerir su Constancia de Situación Fiscal, iniciará a partir del 1 de julio de 2022.

Mientras tanto los empleadores pueden seguir utilizando la versión Factura 3.3 para timbrar la nómina de sus trabajadores.

@salamillab



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