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Pemex argumenta “error de dedo” como causal para retrasar información
“Efectivamente a la hora de atender dicha solicitud, hubo un error de dedo”. Es la justificación de un funcionario de Pemex para retrasar información solicitada mediante la Ley de Transparencia, después de recurso de revisión ante el INAI.
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EMEEQUIS.– Normalmente los sujetos obligados suelen justificar la falta de entrega de información solicitada mediante transparencia con excusas como “después de una búsqueda exhaustiva” no se encontró el dato. O que la dependencia no es la indicada para resolver la petición y se transfiere al ciudadano a otra oficina.
Pero Pemex surgió con una respuesta inusitada:
“Por lo que efectivamente a la hora de atender dicha solicitud, hubo un error de dedo”. Puede leerse en la respuesta al recurso de revisión RRA 9703-22 interpuesto ante el INAI para pedir a Petróleos Mexicanos que entregue la documentación que se le solicitó en relación a sus ventas para Gas Bienestar.
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El 6 de mayo de 2022 se levantó la solicitud de información señalada con el número 330023822001268 en la Plataforma Nacional de Transparencia, dirigida a Petróleos Mexicanos, donde se le pedía que comunicara información relativa a sus transacciones con Gas Bienestar.
La justificación del error de dedo.
Específicamente se solicitó:
1.- Cantidad de litros de gas licuado de petróleo vendido a Gas Bienestar
2.- Importe del gas licuado de petróleo vendido a Gas Bienestar
3.- Cantidad pendiente de pago por parte de Gas Bienestar
4.- Facturas emitidas a favor de Gas Bienestar del 1 de enero de 2021 al 30 de abril de 2022
Lo anterior debido a que Gas Bienestar no es una entidad de derecho público, sino que fue constituida como una Sociedad Anónima por dos filiales extranjeras de Pemex que no operan en México.
De acuerdo a la ley de Petróleos Mexicanos establecida en el gobierno de Peña Nieto, las organizaciones públicas creadas bajo este esquema, no son sujetos obligados de cumplir las leyes de transparencia, por lo que la paraestatal se negó a proporcionar la información que anteriormente se le había solicitado.
Después de varios recursos de revisión ante el Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública (INAI), este último terminó por dar la razón legal a Pemex para mantener como privada la información relacionada con Gas Bienestar, sin embargo, Petróleos Mexicanos sí es un sujeto obligado, por lo que se redirigieron las preguntas hacia esa entidad de la administración pública federal.
La respuesta de Pemex a solicitud de información.
SOLICITAN PRÓRROGA
El 1 de junio de 2022, la administración de Pemex, mediante oficio enviado al INAI, solicitó una prórroga de 10 días hábiles, en virtud de que: “El área responsable de la entrega de la información se encuentra en proceso de búsqueda y consolidación”. Motivo por el cual, la solicitud realizada el 6 de mayo no podía ser resuelta en el plazo de 20 días hábiles que la ley previene para estos casos.
El 17 de junio de 2022 se recibió oficio mediante la Plataforma de Transparencia en el que se aseguraba que Pemex había realizado una “búsqueda exhaustiva” y que ponía a disposición del peticionario la información solicitada.
Sin embargo, esta información no se encontró en la respuesta proporcionada, razón por la cual se levantó el recurso de revisión marcado con el número RRA 9703-22, ese mismo día.
El pasado 12 de julio, por medio de un correo electrónico enviado por el Licenciado Enrique Zazueta Morineau, expone que:
“Hago referencia al recurso de revisión RRA 9703-22, interpuesto por Usted ante el INAI, al no satisfacerle la respuesta brindada a la solicitud de información con número de folio 3300236822001268, por parte de Pemex, en particular expresó como agravio lo siguiente: no se anexaron las facturas a favor de gas bienestar a pesar de que el oficio de respuesta menciona que se anexan”.
EL DEDO CULPABLE
Y aquí la justificación: “Por lo que efectivamente a la hora de atender dicha solicitud, hubo un error de dedo. Pero atendiendo a cabalidad el presente requerimiento se proporciona usted dicha documentación para su apreciable conocimiento, misma que fue proporcionado por la Dirección Corporativa de Planeación, Coordinación y Desempeño (DCPCD) a la Unidad de Transparencia de Pemex (UTPM) atendiendo en tiempo y forma el presente recurso RRA 9703-22, materia del folio 33002382001268, por parte de este Sujeto Obligado, con base en que nos encontramos frente a una ley de documentos”.
Finalmente Pemex puso a disposición de EMEEQUIS la información de 583 facturas que ha expedido a favor de Gas Bienestar, desde el 27 de agosto de 2021 hasta el 31 de marzo de 2022.
Según dicha información, hasta esa fecha Gas Bienestar no contaba con atrasos en cuanto a pagos por parte de Pemex.
@salamillab