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Sólo 13% de mujeres sobrevivientes de feminicidio tienen protección del Estado
“Me puso un cuchillo en la garganta, amenazó con matarme y me asfixió. Yo al denunciar llevaba golpes y aun así la Fiscalía lo tipificó como violencia familiar”, dice una de las víctimas a quien se le negó seguridad. De 2020 a inicios de 2023, las fiscalías reportan mil 958 carpetas de investigación por el delito de feminicidio en grado de tentativa, sin embargo sólo en 267 a las víctimas se les otorgó medidas de protección
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EMEEQUIS. La delgada línea que separa a una mujer víctima de feminicidio de una sobreviviente se reduce aún más si el Estado no garantiza su protección y seguridad.
En un país feminicida, con 10 mujeres asesinadas diariamente, las órdenes de protección otorgadas por el Estado pueden hacer la diferencia entre la vida y la muerte. Entre un feminicidio y una tentativa de feminicidio. Cuando se vela por la seguridad de las víctimas pueden evitarse más agresiones que den por consumado su asesinato.
Grace Luna ahora se reconoce como sobreviviente de feminicidio, al saber que las agresiones físicas y psicológicas que sufrió con Carlos “N”, su ex pareja, tenían la intención de terminar con su vida. Acciones que debieron considerarse una tentativa de feminicidio.
“Me puso un cuchillo en la garganta, amenazó con matarme y me asfixió. Yo al denunciar llevaba golpes y aun así la Fiscalía lo tipificó como violencia familiar”, cuenta la sobreviviente, quien se enfrenta no sólo a una mala tipificación del delito, también al riesgo que corre su vida porque el Estado negó asignarle medidas de protección.
Su caso forma parte de la causa penal 24/2020 radicada en Jalacingo, Veracruz; en la que a pesar de referir el riesgo feminicida que implicaba para ella y sus gemelos menores de edad, que el agresor saliera de prisión preventiva, fue liberado y declarado absuelto de todo delito.
“Cuando el juez dictó libertad para mi agresor y lo declaró inocente, en ese mismo momento, a mí y a mis hijos nos declaró culpables. Nos dejó encerrados en nuestra casa”, cuenta Grace, quien por miedo a que su agresor pueda volver a lastimarla, se resguarda sin salir de casa e incluso tuvo que dejar de trabajar.
No es el único caso en que las mujeres sobrevivientes de violencia feminicida se encuentran en indefensión. El Estado mexicano falla en la protección de sobrevivientes de violencia feminicida.
Sólo el 13.6% de los casos de tentativa de feminicidio en todo el país cuentan con órdenes o medidas de protección para las víctimas para evitar que sean agredidas nuevamente, de acuerdo con solicitudes de acceso a la información realizadas por EMEEQUIS todas las fiscalías del país.
Durante los últimos tres años, de 2020 a inicios de 2023, las fiscalías reportan la apertura de mil 958 carpetas de investigación por el delito de feminicidio en grado de tentativa, sin embargo sólo en 267 a las víctimas se les otorgó medidas de protección durante el proceso judicial.
SOBREVIVIENTES DE FEMINICIDIO SIN PROTECCIÓN
Las agresiones de extrema violencia contra mujeres han aumentado al pasar de los años.
De acuerdo con el reportaje “Las Sobrevivientes, Olvidadas por la Justicia” realizado por EMEEQUIS, se contabilizó que desde el año 2012 a inicios de 2020 se abrieron 781 carpetas de investigación por tentativa de feminicidio; mientras que se reportaron 1.7 millones de agresiones de extrema violencia contra mujeres.
En su mayoría se clasificaron como violencia familiar y lesiones dolosas, dando una mala tipificación del delito, sin investigación con perspectiva de género y dejando a las víctimas sin posibilidad de reclamar medidas de protección.
En tanto, durante los últimos tres años las investigaciones por el delito de tentativa de feminicidio, o feminicidio en grado de tentativa crecieron un 150%, con la apertura de 1,958 carpetas de investigación, de acuerdo con información obtenida por EMEEQUIS vía ley de transparencia.
Nuevo León (834 carpetas de investigación), la Ciudad de México (228), Guanajuato (145), Jalisco (144), Sonora (92) y el Estado de México (78) son las entidades con más casos de tentativa de feminicidio desde el año 2020.
Los casos han tenido un incremento gradual cada año. En 2020 se iniciaron 519 carpetas de investigación; 727 durante el año 2021; 647 el año posterior y 65 hasta abril de 2023.
Sin embargo, a pesar de que la tendencia de violencia aumenta, no así la protección de las autoridades para las víctimas; ya que de todas las investigaciones abiertas sólo en el 13.6% (267 casos) se informó sobre la asignación de órdenes o medidas de protección para las víctimas.
Sólo 10 estados refieren haber otorgado medidas de protección a las víctimas durante el proceso, pero no en todas las carpetas de investigación abiertas.
Sonora y el Estado de México refirieron haber dado protección en todos los casos de tentativa de feminicidio que registraron, mientras que Puebla (46), Ciudad de México (19), Tamaulipas (13), Guerrero (9), Zacatecas (7) y Baja California Sur (4) fueron los únicos que transparentaron dar protección a las víctimas.
La mayoría de los estados no informó qué tipo de protección se asignó para cada caso. En Guerrero, por ejemplo, algunas de las medidas de protección fueron impedir al agresor acercarse al domicilio de la víctima, rondines de vigilancia o dar al imputado prisión preventiva oficiosa.
En San Luis Potosí la mayoría de medidas de protección fue ingresar al agresor a prisión preventiva oficiosa, así como otras alternativas nombradas en el Artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales, como prohibir el acercamiento y comunicación con la víctima.
Tamaulipas y Tlaxcala las medidas de protección fueron la prisión preventiva para el imputado, la incorporación de la víctima a programas de protección, así como vigilancia al domicilio por parte de policías municipales durante un periodo de 60 días.
EN EL LIMBO, ÓRDENES DE PROTECCIÓN
Huir del hogar, perder el trabajo, salir del país, alejarse de los círculos de apoyo, dejar atrás toda su vida.
Enfrentarse a sus agresores en un proceso judicial pone en vulnerabilidad a las mujeres víctimas de violencia. Para las sobrevivientes de feminicidio, significa la exposición latente contra sus vidas por volver a ser agredidas.
“Ya hay dos compañeras que han tenido que salir del país por esta situación, los delitos están mal clasificados. No han dictado medidas de protección y para resguardar su vida tienen que salir. Hay que huir, hay que perder hasta nuestro propio territorio, nuestro espacio y nuestra familia para buscar donde poder resguardarnos”, explica Carolina Ramírez, fundadora de la Colectiva de Sobrevivientes de Feminicidio.
Las órdenes y medidas de protección dictadas por un juez pueden ser la manera de subsistencia de cientos de víctimas y sobrevivientes.
Estos recursos forman parte de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde se establece la responsabilidad del estado por garantizar la seguridad de las víctimas a través de 20 órdenes de protección administrativas y 13 de naturaleza jurisdiccional.
Las órdenes de protección no requieren que la víctima inicie un proceso de denuncia contra el agresor, mientras que las medidas de protección deben aplicarse dentro de procesos de justicia por violencia de género, con la medición del riesgo feminicida que implica para la mujer agredida.
Que las sobrevivientes de feminicidio no tengan la protección del estado es tan sólo una muestra de la falta de perspectiva de género con la que opera el Poder Judicial en el país, de acuerdo con la abogada Adriana Rubio, Coordinadora del Área Forense del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio.
“El Estado mexicano no está garantizando ni la seguridad, ni la vida de las víctimas y sobre todo de las víctimas que tienen una alta probabilidad de ser asesinadas”. Resalta que las dificultades legales para acreditar la tentativa de feminicidio, además de múltiples carencias en la implementación de las órdenes de protección hacen que estas medidas sean insuficientes para la violencia feminicida en México.
La falta de un mecanismo de seguimiento e implementación para las órdenes y medidas de protección es la deficiencia más sobresaliente para proteger la vida de las víctimas, refiere Maissa Hubert, directora de la organización feminista EquisJusticia para las Mujeres.
“Una gran problemática es que no existen mecanismos de seguimiento. Si un juez dicta una medida de protección también debería de establecer medidas para solicitar reportes a quien le pidió (aplicar) las medidas, por ejemplo a la Secretaría de Seguridad Pública. También debería de aplicar un plazo para la orden y al finalizarlos realizar de nuevo un análisis de riesgo, para verificar si sigue existiendo y prolongar la orden de protección o aplicar otras medidas”, explica la especialista.
Al ser las secretarías de seguridad local y municipal las encargadas de cumplimentar las órdenes de protección, resulta que “no tienen el personal policiaco suficiente ni necesario, tampoco tienen una estrategia”, apunta Carolina Ramírez, de la Colectiva de Sobrevivientes de Feminicidio.
“Hay veces en que llamamos y pues simplemente nadie contesta. Hay algunas sobrevivientes que tienen el botón de pánico, hemos hecho la prueba y a veces el botón de pánico no sirve”, asegura.
La prisión preventiva es una medida que se puede aplicar para casos de tentativa de feminicidio, al confirmarse el riesgo que implica para las víctimas que el agresor esté en libertad.
A pesar de que pueda catalogarse como una medida “punitivista”, de acuerdo con la abogada Rubio, “muchas veces la reclusión de los sujetos puede significar la vida o no de las víctimas”, aunque en algunos casos tampoco ha evitado la comisión de un feminicidio.
Un ejemplo de ello es el feminicidio de Abril Pérez Sagaón, ocurrido en noviembre de 2019 en la Ciudad de México. Fue asesinada al dirigirse a una audiencia por el proceso de violencia familiar que llevaba contra su ex pareja que intentó asesinarla. El hecho fue consumado cuando dos agresores materiales pagados por su expareja, quien había sido recluido y posteriormente liberado sin sanción.
Pese a contar con protección del estado de 2017 a 2020 se registraron 23 feminicidios de mujeres que contaban con una orden de protección, de acuerdo con el reportaje “Las Sobrevivientes Olvidadas por la Justicia”; lo que pone en evidencia las deficiencias en la aplicación y seguimiento de estas medidas.
“No alcanza el número de servidores públicos, de policías, que puedan estar custodiando la vida de las mujeres en un país feminicida”, la respuesta de acuerdo con la abogada Adriana Rubio del OCNF, debe centrarse en políticas públicas de prevención y en fortalecer el sistema de justicia.
@GloriaPE_
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